En Abogados Herencias Barcelona te asesoramos en la redacción de las cláusulas del testamento, para elegir la mejor forma de ordenar tu sucesión, teniendo en cuenta las repercusiones que puedan representar dichas cláusulas en el momento de liquidar el Impuesto de Sucesiones, teniendo presente las diversas opciones que permite tanto el Código Civil, como el Codi Civil de Catalunya.
El testamento se otorga ante un Notario, quien conserva el original. En este documento, el otorgante dispone del destino de sus bienes y derechos para cuando se produzca su fallecimiento. Las disposiciones de un testamento solo surten efecto cuando se produce dicho fallecimiento. En el caso de haberse otorgado más de uno, el que vale es el último otorgado.
Después de la muerte del testador, el testamento puede ser impugnado y declarado nulo si se hubiese otorgado sin respetar los requisitos legales necesarios para su validez.
Los ciudadanos extranjeros que residan en España o tengan bienes y herederos en España, pueden otorgar testamento ante un Notario.
Desde el día 17 de Agosto de 2.015, una ley de la Unión Europea nos permite elegir la ley que queremos que se aplique a nuestra herencia, ya sea la propia de la nacionalidad o la que se aplique en el lugar de nuestra residencia.